Mapa de vías ciclables

Características de un VMP

Recuerda que…

Patinetes Eléctricos

Vehículos de movilidad personal

Los VMP pueden definirse como vehículos capaces de asistir al ser humano en su desplazamiento personal, los cuales, por su construcción, pueden exceder las funciones y estar dotados de motor eléctrico.

Se consideran vehículos de movilidad personal (en adelante VMP) los de una rueda o más, dotados de una única plaza y propulsados exclusivamente por motores eléctricos que pueden proporcionar al vehículo una velocidad máxima por diseño de entre 6 y 25 km/h. Sólo pueden estar equipados de asiento si están dotados de sistema de auto-equilibraje. Deben cumplir las características técnicas que establezca la normativa estatal vigente en cada momento y su diseño, fabricación y comercialización se ajustarán a los requisitos técnicos que establezca la legislación vigente en materia de seguridad industrial y de seguridad general de los productos, y los procesos de certificación que la legislación establezca en el futuro.

Los VMP que circulen por cualquier vía del término municipal de Palma dispondrán de timbre, sistema de frenado, luces y elementos reflectantes homologados para que se puedan detectar a una distancia de 150 m.

  1. No se permite circular por las vías de la ciudad con vehículos de movilidad personal si no cumplen los requisitos técnicos de certificación establecidos o los requerimientos de homologación previstos a la normativa aplicable.
  2. Se prohíbe la circulación de los VMP por las aceras, las plazas, los parques, los jardines y otros espacios públicos destinados en exclusiva a los peatones.
  3. Se tienen que respetar en todo momento las normas generales de circulación establecidas tanto en la Ordenanza de circulación como la normativa y la legislación de tráfico, circulación de vehículos y seguridad vial.
  4. No se puede circular con auriculares conectados a aparatos receptores o reproductores de sonido.
  5. No se puede circular utilizando dispositivos de telefonía móvil.
  6. No se puede circular con tasas de alcohol superiores a las establecidas por la normativa general de tráfico o bajolos efectos de drogas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas.
  7. No se puede circular con acompañante.
  8. La edad mínima permitida para circular con un VMP por las vías y los espacios públicos es de 15 años.
  9. Los VMP que circulen por cualquier calzada tienen que disponer de timbre, sistema de frenado, luces y elementos reflectantes homologados, y la persona que los utilice tiene que mantenerse derecha y llevar un chaleco o algún elemento reflectante rodeando el cuerpo. Se recomienda a los conductores que utilicen casco homologado y dispongan de un seguro de responsabilidad civil.
  10. En los pasos de ciclista se debe reducir la velocidad a paso de peatón y pasar cuando los vehículos de la calzada los puedan ver.
  11. Cuando se circule se llevarán encendidas las luces para mejorar su visualización por parte de los demás usuarios de la vía.
  1. Por los carriles bici, con las mismas condiciones que los ciclos.
  2. Por las calles señalizadas como residenciales mediante la señal S-28, sin superar la velocidad máxima de 20 km/h.
  3. Por las calzadas zona 30 y calles limitadas a velocidades iguales o inferiores a 30 km/h, y las ciclocalles sin superar los 30 km/h y siempre en el sentido de circulación autorizado.

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